" Las tres grandes incógnitas del conocimiento son el origen del universo, el origen de la vida y la mente humana"






martes, 7 de febrero de 2012

Una de las principales polémicas actuales: ESTATUS MORAL DEL EMBRIÓN.

Hablar del estatus jurídico y moral del embrión ha sido considerado como un atentado a la pacífica convivencia en una sociedad plural, toda vez que este tema sigue agitando las conciencias. Y algunos se siguen cuestionando: ¿Es verdaderamente razonable reconocer la dignidad que afirmamos para los nacidos, con todo lo que de ello deriva, desde el punto de vista ético y jurídico, cuando se trata de un embrión humano?


Para dar respuesta a la interrogante antes planteada han surgido tres criterios descritos por Michael D. Bayles en su obra “Reproductive Ethics”, a saber:


Primer Criterio: Criterio conservador. A partir del momento de la concepción el ser que se inicia adquiere el derecho a vivir. Para los defensores de esta posición, la vida humana inicia a partir de la fecundación del óvulo por el espermatozoide.


Desde la fecundación, el nuevo ser tiene individualidad genética, siendo distinto a la madre; ello no obsta que necesite de ella para subsistir. Sin embargo, no se debe confundir existencia y subsistencia. Aún cuando transcurra un tiempo breve entre la fecundación y el momento en el cual el nuevo ser tiene individualidad genética propia, ello no significa que desde aquel instante no se le deba respetar en su integridad e individualidad, lo que determina su dignidad y derechos. (Eduardo Sambrizzi, La Procreación Asistida y la Manipulación del Embrión Humano).


Segundo Criterio: Criterio Liberal. Ni el embrión ni el feto tienen derechos, es decir, carecen de status moral. Por lo tanto, provocar la interrupción del embarazo en cualquier momento, no tiene implicaciones éticas.


Según este criterio la vida de los embriones es vida biológica humana, pero no vida individual humana o al menos no se trataría de vida personal humana. Para poder atribuir el estatus de persona a un organismo vivo humano, y por tanto reconocerle derechos, se debería poder reconocer en él algunas propiedades de la vida personal tales como: autoconciencia, autonomía, capacidad de recordar y proyectar, de establecer uniones, de entrar en relaciones comunicativas.


Tercer Criterio: Criterio Moderado. El nuevo ser tiene un status moral progresivo, de acuerdo a su desarrollo biológico.


Para los defensores de esta posición, es necesario atender al momento en el cual el concebido adquiere ciertas cualidades. Por ejemplo, se ha indicado que debe atenderse a la viabilidad del feto, de allí que si es sólo a partir de las 28 semanas de gestación que el feto adquiere viabilidad (es decir, el umbral a partir del cual un recién nacido puede sobrevivir en unas circunstancias aceptables), el aborto antes de este tiempo es éticamente válido, si existen razones específicas.


Respecto de este último punto debe considerarse que en los últimos tiempos el límite de viabilidad ha disminuido drásticamente. Así, en Estados Unidos nació Amillia, una niña estadounidense, tras 22 semanas en el útero materno y con sólo 284 gramos.


Otros consideran la línea de los catorce (14) días desde la fecundación como el momento crucial

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